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Maipú: Intento Robarse hasta el Pantalon de la Victima


En un reciente fallo dictado por el Juzgado Correccional nº 1 de Dolores, se condenó a un vecino de Maipú juzgado por un hecho de robo simple, que perpetrara en nuestra ciudad.

Según el fallo, alrededor de las 7,20 hs. del 22 de junio de 2008, un sujeto adulto previa persecución que efectuara a un joven por la calle Julián Lynch en Maipú, lo interceptó al llegar a Moreno, donde ejerciendo violencia sobre la víctima mediante golpes de puño intentó apoderarse del reloj, del dinero en efectivo, las zapatillas y hasta el jean que llevaba puesto.

Un vecino había llegado hasta la guardia de la Comisaría local, para dar aviso de que instantes antes había visto que una persona conocida era llevada en forma intimidante por un sujeto, disponiendo la repartición el envío de personal a fin de verificar la veracidad de esos dichos.

Casi al mismo tiempo se recepcionó un llamado telefónico al 911, en el cual daba cuenta de la presencia de dos personas en el césped de una vivienda de la calle Moreno, por lo que los uniformados se dirigieron al lugar, pudiendo observar al arribo que dos personas se hallaban en el suelo en posición horizontal, por lo que pidieron apoyo a otros móviles.

En esas circunstancias las dos personas se levantaron del suelo, siendo uno de ellos el vecino consignado en el alerta recibido en la seccional, quien se encontraba muy nervioso, descalzo y sin pantalones, mientras que cerca suyo estaban las zapatillas, una campera y los pantalones.

El otro sujeto por su parte, mientras hacía un guiño de ojos a la policía, decía que no estaban haciendo nada, pero apartadas ambas personas el vecino indicó que estaba siendo amenazado, que ese individuo le quería robar.

El sujeto se negó en esas circunstancias a identificarse, por lo que fue aprehendido y trasladado a la Comisaría, donde según el acta de procedimiento en su se incautó el reloj y el dinero sustraído a la víctima..

Esta al formular la denuncia, manifestó que había salido del boliche bailable “Macau”, y que entonces se le había acercado un joven que no conocía, quien mientras le decía que no lo mirara comenzó a pedirle plata mientras decía que era “un profesional”. Que atemorizado le entregó el reloj y le dijo que si quería le daba ropa, ya que otra cosa de valor no tenía, pero que el individuo insistía en que quería plata. Que seguidamente y en calzoncillos lo llevó caminando hasta la esquina de Julián Lynch, y que al doblar por Moreno lo había tirado al suelo en el patio de una vivienda. Que un momento después y al acercarse un móvil policial, el sujeto le dijo que lo abrazara como si fueran amigos.

El informe médico indicó que la víctima presentaba una herida contusa en labio inferior, corroborando sus dichos en la denuncia.

Otro vecino que circulaba en automóvil, declaró haber visto a dos personas en actitud sospechosa y que uno llevaba aparentemente por la fuerza al otro, y que momentos más tarde cuando uno estaba en el suelo y el otro estaba arrodillado sobre él.

El imputado en oportunidad de prestar declaración durante la instrucción de la causa, habló de una propuesta sexual, manifestando haber recibido un golpe al que respondió de igual manera, y que cuando los separaron se había enterado que lo acusaban de robo.

Pero la Juez en el fallo destacó lo mendaz de esa declaración, precisando que tanto del acta policial como de los testimonios recibidos en el juicio,
“ha surgido la actitud de disimulo e intento de ocultamiento de la conducta ilícita” que estaba llevando a cabo el procesado, quien “al advertir la presencia policial en el lugar, abrazó a la víctima, obligándola bajo intimidación, a efectuar manifestaciones que no se correspondían con la realidad...”.
Asimismo valoró en su resolución, que atento a los antecedentes condenatorios que registraba el procesado y por no tratarse de primer condena, ello impedía el dictado de una condena de ejecución condicional, por lo que la pena a imponer debía ser de efectivo cumplimiento.

El imputado según sentencia dictada por el Tribunal Criminal nº 2 de Mar del Plata había sido condenado como coautor de Robo agravado por efracción; mientras que el Tribunal en lo Criminal nº 1 de Dolores en sentencia que aún no se encuentra firme, lo condenó a tres años y tres meses de prisión como autor del delito de Robo simple.

Es de recordar sobre este último hecho, que el imputado fue encontrado responsable del robo perpetrado en septiembre de 2008 en la inmobiliaria “Lionelli” de Maipú

Finalmente la Dra. Merlo resolvió condenar a Félix Adrián Maidana, argentino, de 36 años de edad, de ocupación bolsero, nacido en Miramar y domiciliado en Maipú, como autor responsable del delito de Robo simple en grado de tentativa, a la pena de un año de prisión de efectivo cumplimiento.


En un reciente fallo dictado por el Juzgado Correccional nº 1 de Dolores, se condenó a un vecino de Maipú juzgado por un hecho de robo simple, que perpetrara en nuestra ciudad.

Según el fallo, alrededor de las 7,20 hs. del 22 de junio de 2008, un sujeto adulto previa persecución que efectuara a un joven por la calle Julián Lynch en Maipú, lo interceptó al llegar a Moreno, donde ejerciendo violencia sobre la víctima mediante golpes de puño intentó apoderarse del reloj, del dinero en efectivo, las zapatillas y hasta el jean que llevaba puesto.

Un vecino había llegado hasta la guardia de la Comisaría local, para dar aviso de que instantes antes había visto que una persona conocida era llevada en forma intimidante por un sujeto, disponiendo la repartición el envío de personal a fin de verificar la veracidad de esos dichos.

Casi al mismo tiempo se recepcionó un llamado telefónico al 911, en el cual daba cuenta de la presencia de dos personas en el césped de una vivienda de la calle Moreno, por lo que los uniformados se dirigieron al lugar, pudiendo observar al arribo que dos personas se hallaban en el suelo en posición horizontal, por lo que pidieron apoyo a otros móviles.

En esas circunstancias las dos personas se levantaron del suelo, siendo uno de ellos el vecino consignado en el alerta recibido en la seccional, quien se encontraba muy nervioso, descalzo y sin pantalones, mientras que cerca suyo estaban las zapatillas, una campera y los pantalones.

El otro sujeto por su parte, mientras hacía un guiño de ojos a la policía, decía que no estaban haciendo nada, pero apartadas ambas personas el vecino indicó que estaba siendo amenazado, que ese individuo le quería robar.

El sujeto se negó en esas circunstancias a identificarse, por lo que fue aprehendido y trasladado a la Comisaría, donde según el acta de procedimiento en su se incautó el reloj y el dinero sustraído a la víctima..

Esta al formular la denuncia, manifestó que había salido del boliche bailable “Macau”, y que entonces se le había acercado un joven que no conocía, quien mientras le decía que no lo mirara comenzó a pedirle plata mientras decía que era “un profesional”. Que atemorizado le entregó el reloj y le dijo que si quería le daba ropa, ya que otra cosa de valor no tenía, pero que el individuo insistía en que quería plata. Que seguidamente y en calzoncillos lo llevó caminando hasta la esquina de Julián Lynch, y que al doblar por Moreno lo había tirado al suelo en el patio de una vivienda. Que un momento después y al acercarse un móvil policial, el sujeto le dijo que lo abrazara como si fueran amigos.

El informe médico indicó que la víctima presentaba una herida contusa en labio inferior, corroborando sus dichos en la denuncia.

Otro vecino que circulaba en automóvil, declaró haber visto a dos personas en actitud sospechosa y que uno llevaba aparentemente por la fuerza al otro, y que momentos más tarde cuando uno estaba en el suelo y el otro estaba arrodillado sobre él.

El imputado en oportunidad de prestar declaración durante la instrucción de la causa, habló de una propuesta sexual, manifestando haber recibido un golpe al que respondió de igual manera, y que cuando los separaron se había enterado que lo acusaban de robo.

Pero la Juez en el fallo destacó lo mendaz de esa declaración, precisando que tanto del acta policial como de los testimonios recibidos en el juicio,
“ha surgido la actitud de disimulo e intento de ocultamiento de la conducta ilícita” que estaba llevando a cabo el procesado, quien “al advertir la presencia policial en el lugar, abrazó a la víctima, obligándola bajo intimidación, a efectuar manifestaciones que no se correspondían con la realidad...”.
Asimismo valoró en su resolución, que atento a los antecedentes condenatorios que registraba el procesado y por no tratarse de primer condena, ello impedía el dictado de una condena de ejecución condicional, por lo que la pena a imponer debía ser de efectivo cumplimiento.

El imputado según sentencia dictada por el Tribunal Criminal nº 2 de Mar del Plata había sido condenado como coautor de Robo agravado por efracción; mientras que el Tribunal en lo Criminal nº 1 de Dolores en sentencia que aún no se encuentra firme, lo condenó a tres años y tres meses de prisión como autor del delito de Robo simple.

Es de recordar sobre este último hecho, que el imputado fue encontrado responsable del robo perpetrado en septiembre de 2008 en la inmobiliaria “Lionelli” de Maipú

Finalmente la Dra. Merlo resolvió condenar a Félix Adrián Maidana, argentino, de 36 años de edad, de ocupación bolsero, nacido en Miramar y domiciliado en Maipú, como autor responsable del delito de Robo simple en grado de tentativa, a la pena de un año de prisión de efectivo cumplimiento.

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