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Maipuense roba en Villa Gesell con un menor


El sujeto es de nuestra ciudad y registra una condena anterior por robo, hurtos y resistencia a la autoridad.

Joven delincuente condenado por robar junto a un menor


Recientemente y en un fallo dictado por el Tribunal en lo Criminal n° 1 de nuestro Departamento Judicial, un joven delincuente oriundo de Maipú fue hallado culpable del delito que se le endilgaba y condenado.

Según el fallo al que este Diario tuvo acceso, los Dres. Eduardo Campos Campos, Carlos Enrique Colombo y José Luis Macchi, consideraron legalmente probado que en horas de la tarde del pasado 19 de octubre, un joven, un menor de edad y otro sujeto que aún no pudo ser identificado, abordaron con el fin de desapoderarlo de sus bienes a una persona que transitaba por el Paseo 110 de Villa Gesell.

El sujeto que se mantiene prófugo, previo decirle a la víctima que trataba de un asalto, lo intimidó colocándole un elemento en la espalda que dijo era un arma de fuego, oportunidad en que el procesado lo desapoderó de una cámara fotográfica digital Sony y de un celular Samsung, mientras que el menor de edad permanecía junto al imputado en apoyo de la acción que estaba consumando, y ante cualquier eventualidad que pudiera surgir.

La reconstrucción del suceso se realizó básicamente con las pruebas incorporadas al juicio oral y con los testigos que declararon en el mismo, y especialmente con la denuncia formulada por el damnificado, quién dijo haber visto cuando de frente se acercaban tres personas, uno de las cuales tras pasar detrás suyo, poniéndole lo que dijo que era un arma sobre su cintura le ordenó que entregara sus pertenencias. Que mientras esto ocurría uno de los dos que tenía enfrente y que vestía una camiseta de Estudiantes de La Plata, le había sacado su cámara digital y el celular. Que luego el que estaba detrás suyo le ordenó “que no se diera vuelta porque lo quemaba y que siguiera caminando”. Que momentos después comentó el robo a una persona que pasaba en moto y a quién conocía, pidiéndole que siguiera a los sujetos. Que a los pocos minutos fue informado por el joven de la motocicleta que a “dos de los chorros los había agarrado la policía cerca del polideportivo”, y que al acercarse a ese lugar pudo observar cuando la Policía estaba colocándoles las esposas, reconociendo a los dos como los que estuvieron frente suyo en el momento del robo, y a uno de ellos como quien le sacara sus efectos.

La persona que dio aviso a Emergencias 911, expresó que cuando estaba cortando el césped en su casa había pasado un chico en moto, y que fue éste quien le pidió que llamara a la policía porque habían perpetrado un robo en la esquina.

Los policías que intervinieron en el procedimiento, dijeron haber visto a los tres sujetos caminando nerviosos y cuando arrojaban algo al suelo al advertir la presencia del móvil, y que ante la voz de alto dos emprendieron la fuga, quedando uno en el lugar, quien resultó ser el menor de edad. Que poco después lograron aprehender a uno de los fugados, y que al llegar la víctima al lugar donde los tenían demorados, los había reconocido como quienes en el asalto habían estado delante suyo.

Al prestar declaración el imputado durante la instrucción de la causa, había dicho no ser autor del hecho, que él iba caminando con un menor hermano de su ex pareja, y que había salido corriendo porque siempre que lo paraba la policía le pegaban, pero que por propia voluntad había regresado caminando al lugar donde lo detuvieron.

“Lo cierto...” dice el fallo, que a poco de valorar la prueba el relato del procesado “no resiste el mínimo de los análisis, al contraponerlos con el plexo probatorio...”, entre ello el reconocimiento directo que en el momento de la detención efectuó de él la víctima, quien incluso detalló la vestimenta, razón que llevó a los efectivos a incautar la camiseta de Estudiantes de la Plata, vestimenta que por otra parte fue reconocida por un testigo, como que la tenía puesta uno de los tres sujetos que habían pasado corriendo frente a su casa.

Los argumentos exculpantes del imputado, “acerca de que no tuvo nada que ver en la comisión del robo que se le endilga, se desvanecen por si solos, ante la contundencia del plexo probatorio”, precisa la resolución judicial.

Al momento de dictarse la sentencia, el Tribunal valoró como agravante de la pena a imponer, la condena dictada en el 2006 por el Tribunal en lo Criminal nº 2 Departamental, que lo había encontrado coautor de los delitos de “Robo calificado por ser en poblado y en banda en grado de tentativa (dos hechos); Hurto simple (dos hechos); Daño, resistencia a la autoridad y lesiones leves; Resistencia a la autoridad y Daño agravado,”, y condenado a la pena de “tres años y dos meses de prisión”.

Finalmente el Tribunal por decisión unánime de sus miembros, resolvió condenar a Alfredo Javier Ferreyra, argentino, de 22 años de edad, nacido en Maipú y domiciliado en Villa Gesell, por ser coautor penalmente responsable del delito de Robo Doblemente Calificado por ser cometido en lugar Poblado y en Banda y con la participación de un Menor de edad, a sufrir la pena de Cuatro años y dos meses de Prisión, declarándolo al propio tiempo reincidente.


El sujeto es de nuestra ciudad y registra una condena anterior por robo, hurtos y resistencia a la autoridad.

Joven delincuente condenado por robar junto a un menor


Recientemente y en un fallo dictado por el Tribunal en lo Criminal n° 1 de nuestro Departamento Judicial, un joven delincuente oriundo de Maipú fue hallado culpable del delito que se le endilgaba y condenado.

Según el fallo al que este Diario tuvo acceso, los Dres. Eduardo Campos Campos, Carlos Enrique Colombo y José Luis Macchi, consideraron legalmente probado que en horas de la tarde del pasado 19 de octubre, un joven, un menor de edad y otro sujeto que aún no pudo ser identificado, abordaron con el fin de desapoderarlo de sus bienes a una persona que transitaba por el Paseo 110 de Villa Gesell.

El sujeto que se mantiene prófugo, previo decirle a la víctima que trataba de un asalto, lo intimidó colocándole un elemento en la espalda que dijo era un arma de fuego, oportunidad en que el procesado lo desapoderó de una cámara fotográfica digital Sony y de un celular Samsung, mientras que el menor de edad permanecía junto al imputado en apoyo de la acción que estaba consumando, y ante cualquier eventualidad que pudiera surgir.

La reconstrucción del suceso se realizó básicamente con las pruebas incorporadas al juicio oral y con los testigos que declararon en el mismo, y especialmente con la denuncia formulada por el damnificado, quién dijo haber visto cuando de frente se acercaban tres personas, uno de las cuales tras pasar detrás suyo, poniéndole lo que dijo que era un arma sobre su cintura le ordenó que entregara sus pertenencias. Que mientras esto ocurría uno de los dos que tenía enfrente y que vestía una camiseta de Estudiantes de La Plata, le había sacado su cámara digital y el celular. Que luego el que estaba detrás suyo le ordenó “que no se diera vuelta porque lo quemaba y que siguiera caminando”. Que momentos después comentó el robo a una persona que pasaba en moto y a quién conocía, pidiéndole que siguiera a los sujetos. Que a los pocos minutos fue informado por el joven de la motocicleta que a “dos de los chorros los había agarrado la policía cerca del polideportivo”, y que al acercarse a ese lugar pudo observar cuando la Policía estaba colocándoles las esposas, reconociendo a los dos como los que estuvieron frente suyo en el momento del robo, y a uno de ellos como quien le sacara sus efectos.

La persona que dio aviso a Emergencias 911, expresó que cuando estaba cortando el césped en su casa había pasado un chico en moto, y que fue éste quien le pidió que llamara a la policía porque habían perpetrado un robo en la esquina.

Los policías que intervinieron en el procedimiento, dijeron haber visto a los tres sujetos caminando nerviosos y cuando arrojaban algo al suelo al advertir la presencia del móvil, y que ante la voz de alto dos emprendieron la fuga, quedando uno en el lugar, quien resultó ser el menor de edad. Que poco después lograron aprehender a uno de los fugados, y que al llegar la víctima al lugar donde los tenían demorados, los había reconocido como quienes en el asalto habían estado delante suyo.

Al prestar declaración el imputado durante la instrucción de la causa, había dicho no ser autor del hecho, que él iba caminando con un menor hermano de su ex pareja, y que había salido corriendo porque siempre que lo paraba la policía le pegaban, pero que por propia voluntad había regresado caminando al lugar donde lo detuvieron.

“Lo cierto...” dice el fallo, que a poco de valorar la prueba el relato del procesado “no resiste el mínimo de los análisis, al contraponerlos con el plexo probatorio...”, entre ello el reconocimiento directo que en el momento de la detención efectuó de él la víctima, quien incluso detalló la vestimenta, razón que llevó a los efectivos a incautar la camiseta de Estudiantes de la Plata, vestimenta que por otra parte fue reconocida por un testigo, como que la tenía puesta uno de los tres sujetos que habían pasado corriendo frente a su casa.

Los argumentos exculpantes del imputado, “acerca de que no tuvo nada que ver en la comisión del robo que se le endilga, se desvanecen por si solos, ante la contundencia del plexo probatorio”, precisa la resolución judicial.

Al momento de dictarse la sentencia, el Tribunal valoró como agravante de la pena a imponer, la condena dictada en el 2006 por el Tribunal en lo Criminal nº 2 Departamental, que lo había encontrado coautor de los delitos de “Robo calificado por ser en poblado y en banda en grado de tentativa (dos hechos); Hurto simple (dos hechos); Daño, resistencia a la autoridad y lesiones leves; Resistencia a la autoridad y Daño agravado,”, y condenado a la pena de “tres años y dos meses de prisión”.

Finalmente el Tribunal por decisión unánime de sus miembros, resolvió condenar a Alfredo Javier Ferreyra, argentino, de 22 años de edad, nacido en Maipú y domiciliado en Villa Gesell, por ser coautor penalmente responsable del delito de Robo Doblemente Calificado por ser cometido en lugar Poblado y en Banda y con la participación de un Menor de edad, a sufrir la pena de Cuatro años y dos meses de Prisión, declarándolo al propio tiempo reincidente.

1 comentarios:

andres dijo...

de este delincuant no comentan nada no?
menos mal q se quedo solo .adios malevo .a cierto ya no esta.jajajajja

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