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El Maipuense Ginepro Preso por Intentar Vender un Stereo Robado


En el marco de un juicio abreviado y lo fue por encubrimiento. Al propio tiempo fue absuelto de la imputación de un robo de zapatillas, al no considerarse probada su responsabilidad penal. Ambos hechos ocurrieron en Maipú (pcia de Buenos Aires)

En un reciente fallo del Tribunal en lo Criminal n° 2 de Dolores, se condenó en el marco de un juicio abreviado a un joven vecino de Maipú, el cual había sido sometido a proceso penal por Encubrimiento y Robo, siendo en éste último caso sobreseído.

Los Jueces que integran el Tribunal declararon admisible el juicio abreviado, en donde las partes con anuencia del procesado habían acordado la calificación de los dos hechos, y que la pena a imponer no debería ser superior a tres años y dos meses de prisión.

Al analizar los hechos en juzgamiento, los Jueces consideraron acreditado que el 10 de octubre de 2005, un vecino de Maipú había sido desapoderado de un estéreo marca Phillips, el que se encontraba colocado en vehículo Fiat 147 de su propiedad, el que había dejado estacionado en la calle Vicente López, a pocos metros de la intersección con Necochea.

Entre ese momento y el día 15 de ese mismo mes y año, Luciano Agustín Ginepro recibió el estéreo y luego intentó venderlo, sabiendo de su procedencia ilícita, precisa el fallo.

El desapoderamiento quedó acreditado con la denuncia formulada en la Comisaría por el damnificado, aclarando esta persona, que el mismo presentaba un desperfecto en su mecanismo y que tenía un casette en su interior.

En horas de la tarde del 15 de octubre del año referido, se presentó un vecino en la seccional de Maipú, indicando que Luciano Ginepro se encontraba ofreciendo en venta un arma de fuego, por lo que la policía comisionó a personal de la dependencia para que se dirigiera al lugar indicado, pudiendo estos ver entonces y en las cercanías del lugar a dos jóvenes, uno de ellos era Luciano Ginepro, quien llevaba en sus manos una mochila o bolso tipo hawaiano de varios colores. Al ser perseguidos los individuos, no pudieron ser aprehendidos, en el caso de Ginepro porque ingresó por la parte posterior en una casa existente en ese vecindario.

gineproSegún distintos testimonios recibidos, el procesado en su huída había saltando paredones y alambrados de los que delimitan las distintas propiedades, por lo que ante la posibilidad de que hubiera abandonado la mochila que portaba, se realizó un rastrillaje en los fondos de distintas casas aledañas, comprobándose que en un terreno y debajo de una planta, estaba la mochila, la que contenía entre otras cosas, un autoestéreo marca Phillips, con un casette en su interior.

Otro vecino declaró, que estando en la casa de un amigo había llegado Luciano Ginepro, quien manifestaba que quería vender un estéreo, ofreciendo también una carabina calibre 22 y un revólver calibre aparentemente 32 que llevaba en su cintura. Que tanto él como el dueño de casa le habían dicho que no les interesaba, y que se retirara ya que no querían tener problemas. A preguntas que se le formularon a este testigo, dijo que Ginepro ofrecía ese estéreo a cinco pesos y según lo que había manifestado, el mismo era robado.

Con respecto al otro hecho por el cual fuera el imputado requerido también a juicio, el fallo consigna que un menor había sindicado al procesado como una de los dos personas que lo habían desapoderado de las zapatillas que llevaba colocadas en la noche del 15 de noviembre de 2005, en calle Madero y Colón de esa localidad, pero los Jueces puntualizaron al respecto, que era ese el único elemento que lo vinculaba con el ilícito, consignándose al respecto, que si bien el calzado sustraído fue recuperado luego de un allanamiento en una vivienda de la calle Colon, lo cierto es que en dicho lugar la diligencia había arrojado resultado negativo, y según se consignó en el acta labrada después de finalizado el procedimiento, las zapatillas habían sido entregadas por un niño, que si bien estaba en la vivienda allanada, las trajo de su domicilio de la calle Madero, alegando que las mismas las tenía su hermana de nombre Mabel.

“No se ha probado fehacientemente que Ginepro residiera al tiempo del hecho en calle Colon...; tampoco se ha demostrado qué relación habría tenido el procesado con el menor..., quien en definitiva hizo entrega de las zapatillas, ni con la hermana del nombrado”, precisa el fallo, por lo que los Jueces consideraron, “que los elementos de prueba seleccionados por el Ministerio Público Fiscal no son suficientes para acreditar certeramente la intervención coautoral de Luciano Agustín Ginepro en el mismo”, y que ante tal insuficiencia de pruebas, se lo debía absolver.

Finalmente los miembros del Tribunal y por unanimidad, resolvieron condenar a Luciano Agustín Ginepro, argentino, de 22 años de edad, natural de Mar del Plata y con último domicilio en Maipú, como autor responsable del delito de Encubrimiento, a la pena de nueve meses de prisión, la que se dio por compurgada con el tiempo sufrido en prisión preventiva; dictándosele al propio tiempo veredicto absolutorio respecto del hecho calificado como Robo simple, por no haberse probado su coautoría en el mismo.


En el marco de un juicio abreviado y lo fue por encubrimiento. Al propio tiempo fue absuelto de la imputación de un robo de zapatillas, al no considerarse probada su responsabilidad penal. Ambos hechos ocurrieron en Maipú (pcia de Buenos Aires)

En un reciente fallo del Tribunal en lo Criminal n° 2 de Dolores, se condenó en el marco de un juicio abreviado a un joven vecino de Maipú, el cual había sido sometido a proceso penal por Encubrimiento y Robo, siendo en éste último caso sobreseído.

Los Jueces que integran el Tribunal declararon admisible el juicio abreviado, en donde las partes con anuencia del procesado habían acordado la calificación de los dos hechos, y que la pena a imponer no debería ser superior a tres años y dos meses de prisión.

Al analizar los hechos en juzgamiento, los Jueces consideraron acreditado que el 10 de octubre de 2005, un vecino de Maipú había sido desapoderado de un estéreo marca Phillips, el que se encontraba colocado en vehículo Fiat 147 de su propiedad, el que había dejado estacionado en la calle Vicente López, a pocos metros de la intersección con Necochea.

Entre ese momento y el día 15 de ese mismo mes y año, Luciano Agustín Ginepro recibió el estéreo y luego intentó venderlo, sabiendo de su procedencia ilícita, precisa el fallo.

El desapoderamiento quedó acreditado con la denuncia formulada en la Comisaría por el damnificado, aclarando esta persona, que el mismo presentaba un desperfecto en su mecanismo y que tenía un casette en su interior.

En horas de la tarde del 15 de octubre del año referido, se presentó un vecino en la seccional de Maipú, indicando que Luciano Ginepro se encontraba ofreciendo en venta un arma de fuego, por lo que la policía comisionó a personal de la dependencia para que se dirigiera al lugar indicado, pudiendo estos ver entonces y en las cercanías del lugar a dos jóvenes, uno de ellos era Luciano Ginepro, quien llevaba en sus manos una mochila o bolso tipo hawaiano de varios colores. Al ser perseguidos los individuos, no pudieron ser aprehendidos, en el caso de Ginepro porque ingresó por la parte posterior en una casa existente en ese vecindario.

gineproSegún distintos testimonios recibidos, el procesado en su huída había saltando paredones y alambrados de los que delimitan las distintas propiedades, por lo que ante la posibilidad de que hubiera abandonado la mochila que portaba, se realizó un rastrillaje en los fondos de distintas casas aledañas, comprobándose que en un terreno y debajo de una planta, estaba la mochila, la que contenía entre otras cosas, un autoestéreo marca Phillips, con un casette en su interior.

Otro vecino declaró, que estando en la casa de un amigo había llegado Luciano Ginepro, quien manifestaba que quería vender un estéreo, ofreciendo también una carabina calibre 22 y un revólver calibre aparentemente 32 que llevaba en su cintura. Que tanto él como el dueño de casa le habían dicho que no les interesaba, y que se retirara ya que no querían tener problemas. A preguntas que se le formularon a este testigo, dijo que Ginepro ofrecía ese estéreo a cinco pesos y según lo que había manifestado, el mismo era robado.

Con respecto al otro hecho por el cual fuera el imputado requerido también a juicio, el fallo consigna que un menor había sindicado al procesado como una de los dos personas que lo habían desapoderado de las zapatillas que llevaba colocadas en la noche del 15 de noviembre de 2005, en calle Madero y Colón de esa localidad, pero los Jueces puntualizaron al respecto, que era ese el único elemento que lo vinculaba con el ilícito, consignándose al respecto, que si bien el calzado sustraído fue recuperado luego de un allanamiento en una vivienda de la calle Colon, lo cierto es que en dicho lugar la diligencia había arrojado resultado negativo, y según se consignó en el acta labrada después de finalizado el procedimiento, las zapatillas habían sido entregadas por un niño, que si bien estaba en la vivienda allanada, las trajo de su domicilio de la calle Madero, alegando que las mismas las tenía su hermana de nombre Mabel.

“No se ha probado fehacientemente que Ginepro residiera al tiempo del hecho en calle Colon...; tampoco se ha demostrado qué relación habría tenido el procesado con el menor..., quien en definitiva hizo entrega de las zapatillas, ni con la hermana del nombrado”, precisa el fallo, por lo que los Jueces consideraron, “que los elementos de prueba seleccionados por el Ministerio Público Fiscal no son suficientes para acreditar certeramente la intervención coautoral de Luciano Agustín Ginepro en el mismo”, y que ante tal insuficiencia de pruebas, se lo debía absolver.

Finalmente los miembros del Tribunal y por unanimidad, resolvieron condenar a Luciano Agustín Ginepro, argentino, de 22 años de edad, natural de Mar del Plata y con último domicilio en Maipú, como autor responsable del delito de Encubrimiento, a la pena de nueve meses de prisión, la que se dio por compurgada con el tiempo sufrido en prisión preventiva; dictándosele al propio tiempo veredicto absolutorio respecto del hecho calificado como Robo simple, por no haberse probado su coautoría en el mismo.

3 comentarios:

Ivo Serentha and Friends dijo...

Interesting blog and your photos, we call on the photoblog

Greetings from Italy, good luck

Marlow

Anonymous dijo...

a cuanto lo vendia?

Altajoda Maipu dijo...

Segun un testigo, ginepro ofrecia este estereo a $5 pesos. Ese dato figura en la noticia. Saludos

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