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Maipuense ira a Juicio por Violacion de un Menor Camino a la Escuela


Un individuo sometido a proceso penal por un hecho de violación en Maipú, deberá afrontar juicio oral luego de que la Cámara Penal desestimara la apelación planteada por su defensor.

El hecho –del que diéramos cuenta en su momento- según consta en la causa, ocurrió el 18 de noviembre de 2008, cuando en horas de la mañana en un descampado denominado el “basurero" de dicha localidad, un sujeto adulto que se movilizaba en una bicicleta interceptó a una menor de 16 años de edad cuando esta se dirigía a la escuela, para luego tapándole la boca con sus manos, conducirla hacia unos pastizales existentes en el lugar, donde la arrojó al suelo y mediante violencia física, le bajó los pantalones y la accedió carnalmente vía vaginal.

La Juez subrogante del Juzgado de Garantías nº 2, Dra. María Fernanda Hachmann, al resolver la requisitoria fiscal denegó el sobreseimiento del imputado pedido por su defensor, disponiendo la elevación de la causa a juicio oral.

Dicha resolución fue apelada ante la Cámara Penal, cuyos jueces arribaron en el fallo dictado la pasada semana, a la convicción de la probable participación del imputado en el hecho investigado, teniendo en cuenta para ello la denuncia formulada por la víctima, donde la menor dijo que cuando circulaba por la calle La Plata entre Tucumán y Salta había observado a un hombre parado en la vereda junto a una bicicleta, quien al ella pasar le efectuó una pregunta sobre su padre. Que al seguir su camino esa persona la había seguido unos metros, y que dejando la bicicleta la había tomado desde atrás tapándole la boca con la mano. Que luego la había llevado hacia unos pastizales, donde la había tirado al piso, y mientras le mantenía la boca tapada le había bajado los pantalones hasta las rodillas, se había bajado los suyos y la había penetrado.

Obran también en el expediente, la declaración de un testigo que dijo haber visto al imputado pasar por frente a su vivienda con la joven, y que esa persona es conocido como el “Coco” Chavez, quien casi todos los días va al basurero en ese horario.

El propio imputado al prestar declaración, reconoció que es conocido con ese sobrenombre.
Otro testigo, persona que trabaja como empleado municipal, dijo haber observado a la menor y que una persona estaba parada con la bicicleta en la mano, como mirando hacia la basura que tiran en el predio. Que uno de los que allí concurren es Chávez o Suárez (a) Coco, quien moviliza en bicicleta cuando va en busca basura que le pueda servir.

El imputado por su parte, dijo que la relación sexual había sido consentida y que le había dado 20 pesos. Que creía que la chica tenía 22 años, ya que ella le decía que era mayor de edad. Que hicieron el amor y luego se dirigió a su lugar de trabajo. Que se había presentado en la Comisaría, porque su señora le había dicho que lo estaba buscando la policía.

El fallo de la Cámara consigna, que el imputado había reconocido el hecho denunciado, el lugar y la víctima, pero que había manifestado que la relación sexual no había sido una violación, sino que ella había sido consentida a cambio de dinero, pero los Jueces entendieron que esos dichos eran un acto de defensa, ya que del análisis de otras pruebas surgía, que ese “presunto consentimiento” se desvanece.

Para ello merituaron particularmente, por qué si la menor consintió el acto, después de consumado el mismo no prosiguió su camino a la escuela en vez de regresar a su hogar, y por qué este regreso lo fue llorando en forma desconsolada.

Además consideraron. que la pericia psicológica, indica que no se detectaron en la menor “indicadores de fabulación ni de ideaciones motivadas por un adulto”; que del informe victimológico surgió que la víctima durante un primer tiempo se mostraba muy angustiada y con temor a salir...”.

Tampoco hallaron los Jueces ningún elemento que permitiera sospechar que la denuncia hubiera sido efectuada con intenciones de perjudicar al imputado, “en el sentido que haya sido radicada por odio, interés o algún otro motivo que no sea que el hecho realmente aconteció”.

Por todo ello y finalmente, los Dres. Luis Felipe Defelitto, Fernando Sotelo y Susana Miriam Yaltone, resolvieron desestimar el recurso de apelación interpuesto, y elevar a juicio oral la causa que se le sigue a Orlando Rubén Suárez en orden al delito de abuso sexual con acceso carnal.


Un individuo sometido a proceso penal por un hecho de violación en Maipú, deberá afrontar juicio oral luego de que la Cámara Penal desestimara la apelación planteada por su defensor.

El hecho –del que diéramos cuenta en su momento- según consta en la causa, ocurrió el 18 de noviembre de 2008, cuando en horas de la mañana en un descampado denominado el “basurero" de dicha localidad, un sujeto adulto que se movilizaba en una bicicleta interceptó a una menor de 16 años de edad cuando esta se dirigía a la escuela, para luego tapándole la boca con sus manos, conducirla hacia unos pastizales existentes en el lugar, donde la arrojó al suelo y mediante violencia física, le bajó los pantalones y la accedió carnalmente vía vaginal.

La Juez subrogante del Juzgado de Garantías nº 2, Dra. María Fernanda Hachmann, al resolver la requisitoria fiscal denegó el sobreseimiento del imputado pedido por su defensor, disponiendo la elevación de la causa a juicio oral.

Dicha resolución fue apelada ante la Cámara Penal, cuyos jueces arribaron en el fallo dictado la pasada semana, a la convicción de la probable participación del imputado en el hecho investigado, teniendo en cuenta para ello la denuncia formulada por la víctima, donde la menor dijo que cuando circulaba por la calle La Plata entre Tucumán y Salta había observado a un hombre parado en la vereda junto a una bicicleta, quien al ella pasar le efectuó una pregunta sobre su padre. Que al seguir su camino esa persona la había seguido unos metros, y que dejando la bicicleta la había tomado desde atrás tapándole la boca con la mano. Que luego la había llevado hacia unos pastizales, donde la había tirado al piso, y mientras le mantenía la boca tapada le había bajado los pantalones hasta las rodillas, se había bajado los suyos y la había penetrado.

Obran también en el expediente, la declaración de un testigo que dijo haber visto al imputado pasar por frente a su vivienda con la joven, y que esa persona es conocido como el “Coco” Chavez, quien casi todos los días va al basurero en ese horario.

El propio imputado al prestar declaración, reconoció que es conocido con ese sobrenombre.
Otro testigo, persona que trabaja como empleado municipal, dijo haber observado a la menor y que una persona estaba parada con la bicicleta en la mano, como mirando hacia la basura que tiran en el predio. Que uno de los que allí concurren es Chávez o Suárez (a) Coco, quien moviliza en bicicleta cuando va en busca basura que le pueda servir.

El imputado por su parte, dijo que la relación sexual había sido consentida y que le había dado 20 pesos. Que creía que la chica tenía 22 años, ya que ella le decía que era mayor de edad. Que hicieron el amor y luego se dirigió a su lugar de trabajo. Que se había presentado en la Comisaría, porque su señora le había dicho que lo estaba buscando la policía.

El fallo de la Cámara consigna, que el imputado había reconocido el hecho denunciado, el lugar y la víctima, pero que había manifestado que la relación sexual no había sido una violación, sino que ella había sido consentida a cambio de dinero, pero los Jueces entendieron que esos dichos eran un acto de defensa, ya que del análisis de otras pruebas surgía, que ese “presunto consentimiento” se desvanece.

Para ello merituaron particularmente, por qué si la menor consintió el acto, después de consumado el mismo no prosiguió su camino a la escuela en vez de regresar a su hogar, y por qué este regreso lo fue llorando en forma desconsolada.

Además consideraron. que la pericia psicológica, indica que no se detectaron en la menor “indicadores de fabulación ni de ideaciones motivadas por un adulto”; que del informe victimológico surgió que la víctima durante un primer tiempo se mostraba muy angustiada y con temor a salir...”.

Tampoco hallaron los Jueces ningún elemento que permitiera sospechar que la denuncia hubiera sido efectuada con intenciones de perjudicar al imputado, “en el sentido que haya sido radicada por odio, interés o algún otro motivo que no sea que el hecho realmente aconteció”.

Por todo ello y finalmente, los Dres. Luis Felipe Defelitto, Fernando Sotelo y Susana Miriam Yaltone, resolvieron desestimar el recurso de apelación interpuesto, y elevar a juicio oral la causa que se le sigue a Orlando Rubén Suárez en orden al delito de abuso sexual con acceso carnal.

3 comentarios:

Master dijo...

hijo de putaaaaaaaa!! Seguro no me aprueban el comentario pero no hay otra palabra para esta clase de gente. Hijoooooooo de Putaaaaaaaaaa

redondito dijo...

No se puede creer hasta q punto esta yegando la inseguridad en este pueblo.. donde nos conocemos todos.. Hay q sacar a esa gente q nos perjudica de esta tierra!!!

Misterio dijo...

Saben una cosa......los que perjudican no solo son esas personas de mierda que andan sueltos por ahi........ Si no los milicos DE MIERDA que lo unico que saben hacer es estar sentados tomando mate..... Son todos una manga de inútiles.......!!!!!!!!

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